Un proyecto legislativo impulsado por el Senador provincial
Luciano Martini (FpV) busca equiparar en derechos a los ciudadanos bonaerenses
que sufren de ataques epilépticos. Propone crear un registro único sobre
pacientes con esta enfermedad y reglamentar la asistencia médica para que sea
integral y gratuita.
La iniciativa, impulsada por el Senador platense y
acompañada por el Senador Marcelo Carignani, Presidente de la Comisión de
Salud, cuenta con el apoyo de la Sociedad
Argentina de Neurología, de Liga
Argentina de lucha contra la Epilepsia (LACE), quienes han colaborado con el
proyecto de ley que se encuentra actualmente en la Comisión de Salud para ser
debatido en el 2014.
La norma busca que la Provincia de Buenos Aires se adecue a
la ley nacional 25.404, a fin de garantizar a toda persona que padece epilepsia
el pleno ejercicio de sus derechos, proscribiendo todo acto de discriminación
ya sea en el ámbito educativo como laboral.
"Nuestro interés es sensibilizarnos con esta
problemática y promover esta herramienta legislativa integral sobre la
epilepsia", dijo el Senador Martini, quien valoró que "el alma es que
sea una ley social, que contemple el derecho de todo epiléptico al ingreso
laboral y a una educación normal, sin ser estigmatizado ni discriminado".
A su vez, la ley determina que "el paciente con
diagnostico de epilepsia tiene derecho a recibir asistencia médica integral y
oportuna. Garantizando la detección temprana de la enfermedad, el acceso a
todos los procedimientos diagnósticos necesarios, en conformidad con el avance
de la ciencia y al tratamiento".
Para ello dispone de la accesibilidad a los medicamentos
(FAE) y a la cirugía de la epilepsia en aquellos casos que así se lo requiera,
como a una adecuada rehabilitación y seguimiento del paciente y su familia.
En ese marco, se establece que "las prestaciones
médico-asistenciales a que hace referencia la ley deberán ser garantizadas por
el sistema público de salud y por todas las obras sociales de la provincia de
Buenos Aires y las empresas de medicina prepaga".
En el marco de esta ampliación de derechos es que la
iniciativa legislativa impulsada por el Senador Luciano Martini establece que
"en toda controversia judicial o extrajudicial en la cual el carácter de
epiléptico fuere invocado para negar, modificar y extinguir derechos subjetivos
de cualquier naturaleza, será imprescindible el dictamen de profesionales de la
salud, lo cual no podrá ser suplido por otras medidas probatorias".
Al respecto, el legislador del FpV remarcó que "no sólo
apuntamos a una cobertura asistencial, sino que la ley busca garantizan el
acceso no discriminatorio al nivel laboral y educacional".
En relación al grado de cobertura que reciben hoy los
epilépticos por el sistema de salud público, remarcó que "hoy el
ministerio de Salud provincial atiende esta problemática a quienes carecen de
cobertura social y recursos para acceder a los medicamentos, mediante el
programa de Epilepsia PROEPI, pero como todo programa, depende de las gestiones
de gobierno, en tanto que con esta legislación la atención de la epilepsia ya
no quedará sumida a una gestión, sino que quedará incorporada como garantía
para los ciudadanos bonaerenses que padezcan esta enfermedad".
De manera innovadora, el proyecto de ley propone crear en el
ámbito de la Provincia de Buenos Aires el "Registro Único de pacientes
epilépticos", el cual tendrá como fin "establecer aquellos datos
epidemiológicos relevantes que promuevan y permitan la investigación científica
de la enfermedad, con objeto de mejorar la prevención, especificar el
diagnostico y correlativo tratamiento a nivel regional", se explicó.
Martini valoró que "esta es una ley que aborda las
diversas clases de epilepsia, para ello trabajamos con representantes Sociedad
Argentina de Neurología y de la Liga
Argentina de lucha contra la Epilepsia (LACE), con quienes estuvimos abordando
el tema para atender cada una de las demandas referidas a esta enfermedad
crónica".
Dentro de los puntos destacados, el proyecto propone
"elaborar guías o protocolos de atención clínica, diagnóstico y
tratamiento de la enfermedad, que regule y normativice el abordaje médico con
el objetivo de optimizar la asistencia y los recursos de salud".
También busca fortalecer la atención primaria,
"enfatizando la prevención, el diagnóstico y el tratamiento", a
través de la capacitación de los profesionales que actúan en esos niveles.
Así mismo, exige "asegurar la disponibilidad de
equipamiento moderno, facilidades de capacitación de personal, acceso a toda la
gama de medicamentos antiepilépticos, a la cirugía y a otras formas de
tratamiento eficaz" a los pacientes.
La epilepsia
La epilepsia es una enfermedad crónica caracterizada por uno
o varios trastornos neurológicos que deja una predisposición en el cerebro para
generar convulsiones recurrentes, que suele dar lugar a consecuencias
neurobiológicas, cognitivas y psicológicas.
Una convulsión o crisis epiléptica o comicial es un evento
súbito y de corta duración, caracterizado por una anormal y excesiva o bien
sincrónica actividad neuronal en el cerebro.
Las crisis epilépticas suelen ser transitorias, con o sin
disminución del nivel de consciencia, movimientos convulsivos y otras
manifestaciones clínicas.
La epilepsia puede tener muchas causas. Puede tener origen
en lesiones cerebrales, pero en muchos casos no hay ninguna lesión, sino
únicamente una predisposición de origen genético a padecer las crisis.
Fuente: Nación y Salud
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