La diputada bonaerense Viviana Nocito presentó un proyecto
de ley mediante el cual prevé que se garantice la rápida intervención ante
casos de abortos no punibles, una deuda que sigue vigente a pesar de los
amplios precedentes y resoluciones administrativas que regulan la cuestión.
La discusión por el aborto legal, seguro y gratuito volvió
al centro de la escena de la mano de varios legisladores nacionales y
provinciales. Muchos sectores de diferentes bloques políticos se manifestaron a
favor de tratar la temática en el Congreso e impulsar propuestas que vayan en
este sentido, pero también existe una gran deuda en este sentido y es relativa
a casos que ya deberían estar regulados correctamente: los abortos no punibles.
Esta clase de abortos en los que median circunstancias
particulares que hacen que las mujeres y profesionales de la Salud no puedan
ser penados a través de las disposiciones del Código Penal aun carece de
cumplimiento efectivo. Por eso la diputada bonaerense Viviana Nocito presentó
un proyecto de ley en donde establece los procedimientos para que las afectadas
puedan acceder de forma “oportuna y en condiciones de igualdad” a este
procedimiento.
En estos términos, uno de los primeros puntos que aclaró la
legisladora fue que esta iniciativa se enmarca en los términos fijados por la
Corte Suprema en los supuestos de interrupción del embarazado, en un fallo
reciente que también generó revuelo a nivel judicial por la gran cantidad de
precedentes que se manifestaron de forma contraria.
Nocito manifestó que el Estado debe ser garante de este derecho,
ya que las mujeres que pueden pagar un aborto clandestino acceden a condiciones
de higiene dignas, mientras que las de “escasos recursos económicos siguen
muriendo”.
Entre otras cosas, el proyecto de ley presentado en la
Cámara Baja provincial recuerda que “el Alto Tribunal establece que no es
punible toda interrupción de un embarazo que sea consecuencia de una violación
con independencia de la capacidad mental de su víctima”.
“Define incluso que cuando el legislador ha despenalizado y
en esa medida autorizado la práctica de un aborto, es el Estado como garante de
la administración de la salud pública, el que tiene la obligación de poner a
disposición, de quien solicita la práctica, las condiciones médicas e
higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, gratuita,
accesible y segura”, agrega en el mismo sentido la propuesta.
También establece que “el Ministerio de Salud de la
Provincia garantizará la atención integral, gratuita, oportuna y efectiva de la
mujer en los casos que el aborto no sea punible, en los términos de lo normado
en el artículo 86º del Código Penal de la Nación así como en un todo de acuerdo
con los principios de los derechos humanos universales y asumiendo a la salud
como integral y determinada socialmente. En todo momento se resguardará la
intimidad de la paciente y se garantizará la confidencialidad preservando sus
datos personales y familiares”.
Fuente: Diario Judicial - Acceder al Proyecto de Ley
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