El procurador Alejandro Ordóñez argumenta que la resolución
del Ministerio de Salud viola la Constitución.
El procurador Alejandro Ordóñez presentó este martes una
demanda ante el Consejo de Estado para que se suspenda el protocolo que regula
la eutanasia a enfermos terminales al considerar que viola la Constitución y la
Ley.
Según explicó la Procuraduría en un comunicado, Ordóñez
presentó una medida cautelar de urgencia ante la "evidente" forma en
la que la resolución, publicada a finales de abril por el Ministerio de Salud,
"viola la Constitución y la ley". (Lea: ¿Qué dice la demanda de Marco
Fidel Ramírez contra la eutanasia?)
Asimismo, Ordóñez dijo que buscar evitar "que mientras
se adopte una decisión de fondo pueda afectarse el derecho a la vida u
obligarse a las personas o a las instituciones de salud a matar a los
pacientes".
La resolución establece que el enfermo deberá confirmar
reiteradamente su deseo a morir dignamente en un protocolo de varios pasos en
el que participan diferentes profesionales médicos. (Lea: Minsalud explica en
detalle cómo se aplicará la eutanasia en Colombia)
Éstos deben determinar si el interesado cumple las
"condiciones objetivas", es decir, que sea enfermo terminal, a través
de un comité interdisciplinario científico integrado por un médico
especialista, un abogado y un psicólogo.
Si así lo avala, los expertos toman una decisión y el
procedimiento se aplica en 15 días.
El método, realizado a través de una potente sedación, no
podrá en ningún caso ser autorizado por un familiar o una tercera persona, solo
por el propio paciente de forma consciente. (Lea: “Hacer una eutanasia es un
acto de amor”: ‘Doctor muerte’"
Para el procurador, el fallo en este protocolo es la forma
en que se ha ejecutado, pues "un ministro solo puede expedir resoluciones
para desarrollar la Ley y los decretos presidenciales". Y en este caso,
"como el acto demandado tiene por finalidad desarrollar dos sentencias de
la Corte Constitucional, este resulta ilegal y contrario a la Carta
Política", declaró.
Por otra parte, indicó que "el ministro de Salud solo
puede expedir normas sobre prestaciones que se incluyan en el derecho a la
salud" y la eutanasia no puede calificarse de esta manera puesto que
"no tiene por finalidad" la "promoción de la salud y la
prevención, cura y paliación de la enfermedad".
Fuente: El Espectador
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