Partes: C., H. M. por declaración de insania
Tribunal: Juzgado Civil de Personas y Familia Nro 6 de Salta
Fecha: 28 de Mayo de 2015
Síntesis: Insania. Hace lugar a la demanda tendiente a restringir la
capacidad de obrar de quien padece una afección mental. Advierte que de la
entrevista personal surge que el individuo puede llevar una vida sencilla con
sus familiares y que puede manejar bien el dinero, que está yendo al médico y
que toma sus pastillas de por vida, por lo que sin desatender las
recomendaciones médicas y psicológicas, no aparece necesaria la intervención de
un curador, sino de un apoyo, a fin de permitirle la máxima autonomía posible
dentro de sus limitaciones. En consecuencia, la limitación sólo regirá respecto
de los actos de disposición y administración de bienes muebles o inmuebles
registrables y de dinero, y por el plazo de tres años, lapso durante el cual se
volverá a someter a la persona con discapacidad mental a un nuevo examen
multidisciplinario, para conocer si ha tenido alguna evolución en su salud, su
integración en el medio social en el que vive y la conveniencia de continuar
con el sistema de apoyos.
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