Todas las personas que hayan recibido un trasplante o se
encuentren en lista de espera, con residencia permanente en el país e
inscriptos en el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de
la República Argentina (SINTRA), podrán obtener la credencial que les garantice
la Protección Integral, conforme a la Ley 26.928. Argentina es el primer país
en contar con un marco normativo que reconoce derechos y necesidades
específicas de esta población.
Según la Resolución INCUCAI 388/2015 publicada el mes pasado en el
Boletín Oficial, se aprueba el modelo de credencial, a través del cual se
acreditará la condición de beneficiario del Sistema de Protección Integral para
personas trasplantadas creado por la Ley 26.928. La Resolución también dispone
el procedimiento para su distribución a través de los correspondientes
Organismos Provinciales de Ablación e Implante (OPAI).
Serán beneficiados todos los pacientes trasplantados, o los
que se encuentren en lista de espera. Podrán solicitar al organismo provincial
correspondientes a su domicilio el certificado, tanto personalmente o por vía
telefónica. Las credenciales serán entregadas en mano o por correo postal, cada
una contará con la firma de autoridades del INCUCAI y de la jurisdicción.
El certificado extendido les permitirá viajar gratuitamente
hacia cualquier destino de corta, media y larga distancia. Además, quienes se
encuentren en situación de desempleo podrán percibir una asignación mensual no
contributiva equivalente a la pensión por invalidez. También garantiza a las
personas trasplantadas e inscriptas en lista de espera para trasplante la
cobertura del cien por ciento en la provisión de medicamentos y estudios diagnósticos.
De acuerdo a la reglamentación de la Ley, esta credencial
será el documento válido que permitirá a todas las personas alcanzadas “acceder
al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte
terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y
larga distancia, como asimismo de transporte fluvial, en el trayecto que medie
entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por
razones asistenciales”. Entendiendo estas razones como “aquellas que favorezcan
la plena integración social” de los beneficiarios “ya sea por causas
familiares, médicas, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que
requieran el traslado desde y hacia un lugar distinto al de su domicilio”.
El documento tendrá vigencia por tres años contados a partir
de su fecha de emisión, renovable por idénticos períodos.
Deben solicitar la credencial en el Organismo Provincial deAblación e Implante correspondiente a su domicilio; ya sea telefónicamente o
concurriendo en forma personal.
Fuente: Incucai
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