Desde la Asociación de Médicos
de la Actividad Privada (AMAP) se pronunciaron contra la reforma de la ley que
permite a las obstétricas recetar algunos fármacos y les da algunas nuevas
incumbencias, por los peligros que conlleva. Aseguran que es un “avasallamiento”
a las incumbencias médicas. “La salud de la población está en juego”, alertan.
Gracias a la reforma
de la ley 14.802, desde hace un tiempo las obstétricas de la provincia de
Buenos Aires fueron autorizadas a realizar nuevas tareas e incumbencias
profesionales, entre ellas el prescribir algunos medicamentos vinculados con su
actividad. Así, las parteras, como se las conoce popularmente, aumentan sus
horizontes profesionales, en una actividad que creció notablemente en los últimos
años. Pero la noticia no fue bien recibida por los médicos del sector privado,
que fueron los que alertaron sobre algunos peligros de esta implementación.
Según su mirada, se permitirá a estos profesionales realizar procedimiento
“para los que no están preparados”. “La salud de la población está en juego”,
aseguran.
Mediante un documento, la Asociación de Médicos de la
Actividad Privada (AMAP) se mostró en contra de la reforma de la ley que
permite a las parteras recetar medicamentos, entre otros cambios. Según la
entidad, los cambios que se produjeron en la provincia de Buenos Aires “son un
avasallamiento sobre las incumbencias médicas”, y ya que se autoriza a las
obstétricas a realizar tareas “propias del trabajo médico”.
“A partir de esta nueva disposición, las obstétricas podrán
prescribir medicamentos, indicar métodos anticonceptivos y realizar
diagnósticos de enfermedades del sistema reproductivo femenino”, explicó Héctor
Garín, titular de la AMAP. “La ley 14.802, aprobada por el parlamento
bonaerense el año pasado, significa un avasallamiento sobre las incumbencias
médicas, y habilita a otros miembros del equipo de salud a realizar acciones
sanitarias para las que no están formados, exclusivas del saber médico, bajo la
creencia de que la mujer es sólo un aparato genital”, expresó la entidad que
nuclea a los médicos privados.
La reforma de la ley que regula la actividad de las
obstétricas le abrió la puerta a la receta de algunos fármacos, que viene de la
mano de nuevos aspectos profesionales que podrán cubrir. “Las responsabilidades
que tradicionalmente competían a las obstétricas se han ampliado. Nuestro campo
de acción hoy no sólo comprende el control del embarazo y la atención del parto
y post-parto sino también la salud sexual y reproductiva de las mujeres en
todas las etapas de su vida”, comentó al diario platense el Día la presidenta
del Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos
Aires, Alicia Cillo.
En este sentido, se habilitó a las parteras a prescribir
vacunas del Calendario Nacional y fármacos del vademécum obstétrico de acuerdo
a las tareas de promoción y prevención de la salud. Diseñado en función de su
perfil profesional, el vademécum obstétrico comprende una lista acotada de medicamentos
para la prevención y promoción de la salud materno-infantil en la etapa
preconcepcional, gestacional, el período del parto, el alumbramiento y
puerperio: ácido fólico, hierro, antiespasmódicos, antinauseosos, anestésicos,
ocitócicos, gammaglobulina anti Rh, y las diversas vacunas previstas en el
calendario nacional.
“AMAP denuncia frente a las autoridades y la población el
peligro de que procedimientos estrictamente médicos puedan ser asumidos por
integrantes del equipo de salud que no están capacitados para realizarlos. La
salud de la población está en juego”, remarcó Garín. Asimismo, el líder del
gremio dijo que “otro de los aspectos graves de la ley es que permite a las
obstétricas ejecutar medidas de emergencia, en caso necesario, hasta que concurra
el especialista, situación extrema que sería comprensible en un lugar sin
acceso a médicos o centros asistenciales, pero en la Provincia de Buenos Aires
con el número de médicos matriculados y la cantidad de establecimientos, es un
acto irracional y riesgoso para la salud”.
La nueva ley 14.802, modifica a la 11.745 de Colegiación
obstétrica, y se formalizó en diciembre del año pasado. La misma trae consigo
una mejora en la calidad de atención para las mujeres, sus hijos y sus
familias, como así también brindará un marco regulatorio y protector legal a
las obstétricas. Las obstétricas pueden asimismo brindar asesoramiento,
consejería e indicar métodos anticonceptivos, colocar dispositivos
intrauterinos (DIU) y realizar consultas que permitan detectar precozmente el
cáncer cérvico-uterino y mamario a fin de lograr una derivación rápida al
especialista que corresponda según cada situación. Así, cada vez más lejos de
ser consideradas meras colaboradoras del médico durante el parto, las
obstétricas se afirman como parte del equipo multidisciplinario que atiende a
las mujeres durante todo el ciclo de su salud reproductiva y sexual.
Fuente: Mirada Profesional
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