Organizaciones sociales vinculadas a la salud y los derechos
humanos reclamaron la anulación de la resolución ministerial que impulsa el
retorno al antiguo sistema manicomial. Denuncian que el cambio vulnera los
derechos de los pacientes.
La Red Nacional de Salud Mental Comunitaria y de Derechos
Humanos se presentó ante el ministro de Salud de la Nación, Jorge Lemus, para
“impugnar y pedir la anulación” de la resolución 1003/2016, que en los hechos
significa un retorno “al antiguo sistema manicomial”, dado que se dejaría sin
efecto la normativa que regulaba la aplicación efectiva de Ley Nacional de
Salud Mental. Esa ley propicia la reduccción de las internaciones de pacientes
en los hospitales psiquiátricos –públicos y privados–, y promueve la atención
multidisciplinaria, ambulatoria y comunitaria.
La Red, que nuclea a más de 40 organizaciones en todo el
país, sostuvo que impugna la resolución mencionada porque “adolece de vicios en
su causa, en su objeto, en el procedimiento, en su motivación y en su
finalidad, que la tornan nula”. De ser denegado el recurso administrativo ante
las autoridades nacionales, la Red hará una presentación ante la Justicia.
Las entidades que impugnaron la resolución 1003 del
Ministerio de Salud de la Nación señalaron, como dato central, que la medida
constituye una violación flagrante a la Ley Nacional de Salud Mental. En el
mismo escrito se recuerda que el 27 de julio pasado se había solicitado tener
“vista del expediente” en el que se funda la resolución ministerial, pedido que
ahora se reitera.
Por otro lado, el 22 de junio pasado, el Centro de Estudios
Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
(ACIJ), El Colegio de Psicólogos de la provincia de Buenos Aires, y la
Asociación por los Derechos en Salud Mental, integrantes de la Red, habían
solicitado una audiencia pública para que las autoridades informaran sobre “el
grado de implementación de la Ley de Salud Mental”; el trámite nunca se
cumplió.
En el recurso administrativo presentado ante Lemus, se pide
que “se disponga la suspensión de los efectos de la resolución impugnada hasta
tanto se resuelva la presente impugnación por mediar evidentes razones de
interés público y para evitar perjuicios a las/os interesados”. El planteo se
justifica en el hecho de que la aplicación de la resolución 1003 “implica dejar
sin efecto”, en los hechos, la Ley Nacional de Salud Mental porque se
restablece “la normativa que regía el sistema de salud con anterioridad a la sanción”
de dicha ley.
Ese retroceso en la legislación afectaría “a un número
indeterminado de personas con discapacidad psico-social cuyos derechos se
encuentran protegidos por tratados internacionales” de Derechos Humanos y
normas “de jerarquía constitucional”. La medida “pone en juego y en riesgo su
derecho a la salud, en particular a la salud mental, y sus derechos a vivir de
forma independiente y ser incluido en la comunidad”.
Las organizaciones firmantes recuerdan que forman parte de
una red que trabaja “en defensa de los derechos humanos de las personas
usuarias de los servicios de salud mental” y en el marco de esa función
promueven “la plena implementación” de la Ley de Salud Mental, acorde a los
principios de la Convención sobre los DDHH de las personas con Discapacidad
(CDPD). Por esa razón impugnan una disposición que deja sin efecto la
resolución 1484/15 “única norma destinada a implementar” la mencionada Ley de
Salud Mental, “en tanto regulaba las “normas mínimas para habilitación de
establecimientos y servicios de salud Mental y adicciones”.
En el escrito se recuerda que la resolución 1484 “estipulaba
a nivel nacional las condiciones mínimas a las cuales debían sujetarse tanto
las instituciones públicas como privadas para obtener la habilitación como
establecimientos de Salud Mental y Adicciones”. Al mismo tiempo, esa norma
“derogaba a la antigua resolución 1121/86” que determinaba las condiciones que
debían cumplir las instituciones psiquiátricas.
Afirman que la resolución 10003/2016 dictada por el actual
gobierno contiene “una afirmación falsa relativa a los antecedentes jurídicos”
dado que afirma que la resolución 1484 tenía vigencia sólo para la Ciudad de
Buenos Aires, cuando “es de público conocimiento” que “rige para todo el país”.
Al mismo tiempo, el Ministerio no aclara en su resolución actual “si ha
garantizado la debida participación al colectivo que se verá afectado con el
dictado de la norma en cuestión” y eso “no permite evaluar” si se han cumplido
los requisitos administrativos.
También se cuestiona el hecho de que la Comisión creada para
habilitar y fiscalizar los establecimientos neuropsiquiátricos pueda ser regida
por las normas vigentes con anterioridad a la resolución 1484, que el gobierno
pretende derogar. Si fuera así se reimplantaría el “antiguo sistema manicomial”
que “se asienta sobre el sistema hospitalocéntrico y prevé un máximo de 90
camas para los establecimientos neuropsiquiátricos”, mientras que la resolución
1484 “tiende justamente a lo opuesto, a generar salas destinadas a salud mental
dentro de hospitales o clínicas polivalentes” en donde se establece que “las
camas o salas destinadas a la internación de salud mental deberán estar
integradas a la estructura edilicia del establecimiento, al igual que las otras
especialidades”.
Como ya informó Página/12, la Comisión que se pretende
formar para supuestamente aplicar la Ley de Salud Mental, quedará en manos del
actualr director nacional del área, Andrew Blake, ferviente defensor del sistema
manicomial.
Fuente: Página 12
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