La Adminstración publicó
en el día de hoy cuatro disposiciones donde informa la prohibición de
comercialización de productos como limonada de roge infantil, agua oxigenada,
vaselina, bomba de infusión continúa, tinta de pelo y paño seco jabonoso.
La primera
disposición , la 1303/2017, establece la prohibición de uso y comercialización
de todos los lotes en todas las presentaciones de los productos rotulados como:
“Limonada de Roge infantil contenido para preparar 125 ml
laboratorios Apotarg SRL”; “Agua de D’Alibour solución 100 ml, laboratorios
Apotarg SRL”; “Limonada de Roge infantil contenido para preparar 125 ml;
laboratorios Apotarg SRL”; “Vaselina Sólida por 60 gr., laboratorios Apotarg
SRL”; “Agua Oxigenada 10 vol. Por 100 ml, laboratorios Apotarg SRL”; “Vaselina
Líquida Medicinal por 250 ml, laboratorios Apotarg SRL” y “Vaselina Líquida
Medicinal por 500 ml, laboratorios Apotarg SRL”.
La segunda disposición , la 1300/2017, prohibe el uso y
comercialización del producto “Bomba de infusión continua para alimentación
parenteral, marca VOLUMAT”, Identificada con el número de serie 21248505.
La tercera, 1292/2017, prohibe el uso y la comercialización
de todos los lotes y en todas sus presentaciones de los productos rotulados
como: – HAIR SPRAY Tinte para el pelo en aerosol, Net wt: 85 g, Importador:
Cotishop, Dirección: Lavalle 2248 Cap. Fed., Made in China y HAIR SPRAY
Temporary spray on hair color – shampoo out, Net wt 85g, codificado con las
siglas 9418- 1, Made in China; ambos productos cuyos rótulos se encuentran en
español y carecen de datos de inscripción del producto a nivel nacional (n° de
legajo del establecimiento importador Resolución N° 155/98) y datos del
responsable de la comercialización.
La cuarta, 1301/2017, prohibe el uso y la comercialización
del siguiente producto: “UNO Paño Seco Jabonoso, Lote: 1177, Venc: 09/20,
Fabricado en Argentina por Sigmaline SRL para Guanta SA, guanta@guanta.com.ar;
cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante
ANMAT (N° de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), listado de
ingredientes y contenido neto”.
Fuente: Mirada Profesional
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