VISTO:
La actuación simple N° E6-2017-12013-A; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma, el Comité de Bioética del Hospital “Dr.
Julio C. Perrando”, dependiente del Ministerio de Salud Pública, solicita la
declaración de Interés Provincial de la Jornada de “Bioética y su relación con
la Práctica Asistencial”, a llevarse a cabo el día 26 de octubre de 2017, en la
Casa de las Culturas, de la ciudad de Resistencia;
Que dicha jornada, se realizará con motivo de celebrarse los
diez años de actividad de actividad académica en el ámbito de Salud Pública,
bajo la órbita de la Dirección del Hospital “Dr. Julio C. Perrando”:
Que en la misma, disertarán la Dra. Marisa Sandra Aizenberg,
Directora Académica del Observatorio de Derecho de la Salud (UBA) y el Dr.
Daniel Augusto Chávez como integrante de ese cuerpo académico;
Que el programa a desarrollarse consistirá en temas tales como:
el impacto de la Reforma del Código Civil
y Comercial en la atención de salud; la incorporación de la Bioética en la
legislación vigente; las cuestiones al final de la
vida: temor legal y medicina defensiva como condicionante de la toma de
decisiones asistenciales; la función de los abogados en el sistema de salud; el
rol de la justicia en la efectividad del derecho a la salud, la relación
médico-paciente frente al Imperativo Tecnológico; el rol de los comités
hospitalarios de ética hospitalaria; conclusiones y propuestas;
Que en virtud de la relevancia del evento y que el mismo
redundará en beneficio de toda la comunidad, es menester acceder a lo
solicitado y dictar el presente instrumento legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1°: Declárase de Interés Provincial la Jornada de
“Bioética y su relación coi la Práctica Asistencial”, a llevarse a cabo el día
26 de octubre de 2017, en la Casa d las Culturas, de la ciudad de Resistencia,
de acuerdo con los fundamentos expuestos en el Considerando del presente
Decreto.
Artículo 2o: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese
en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archívese.
Decreto: 1204
Ing. Oscar Domingo Peppo
Gobernador
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