La Cámara Federal de Paraná confirmó una sentencia de grado
que condenó a una obra social a proveer una prótesis de rodilla importada a una
afiliada. La mujer padece una enfermedad que le produce fuertes dolores y
dificultad para caminar.
La Cámara Federal de Paraná confirmó una sentencia de grado
que condenó a una obra social a proveer una prótesis de rodilla importada.
La causa se inició por un amparo presentado por una afiliada
contra Ospa Vial, a fin de que la misma le brinde la cobertura total, integral,
ininterrumpida, oportuna y retroactiva de una prótesis de rodilla.
La mujer tiene 61 años y padece de paraplejia espástica y
marcha paralíticia, lo que le causa fuertes dolores y dificultad para caminar.
El médico le aconsejó una prótesis de rodilla anatómica,
pero la obra social sólo le reconoció una prótesis nacional que, según la
presentación, de “ser colocada, solo resistiría unos pocos días y le causaría
mayores daños debiendo tener que ser intervenida nuevamente”.
El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de
amparo y condenó a la obra social a proveer la prótesis tal como fuera
prescripta por el médico tratante.
En este sentido, el juez de grado señaló que la demandada
“ha puesto a disposición de la parte actora una prótesis a los fines de atender
su salud”, pero que la misma “no es la que ha sido requerida por el médico
tratante, quien es el que ha evaluado, de acuerdo a la situación de su
paciente”.
La obra social apeló la causa en los autos “S., H. E. contra
Ospa Vial sobre Amparo Ley 16986”, al entender la “prótesis importada no tiene
diferencia con una nacional” y que “no obra en el amparo ningún estudio médico
que acredite que está en riesgo su vida”.
En este escenario, la Cámara Federal de Paraná falló a favor
de la afiliada y confirmó la sentencia de grado por considerar que se
encuentran acreditadas las “razones por las cuales la amparista requiere una
prótesis determinada”
“Dichos fundamentos, no han sido seriamente controvertidos
por la demandada, toda vez que se limita a ofrecer una prótesis diferente de la
dispuesta por el médico tratante, sin acreditar sus características para
confrontarlas con la peticionada”, concluyó el fallo.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo disponible en el portal de la fuente citada
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