La justicia de Rosario autorizó a una pareja a realizar una
transferencia embrionaria al útero de la hermana de la mujer para que sea la
gestante de su hijo.
En los autos "H. M. E. y otros s/ venias y
dispensas", el Tribunal Colegiado de Familia de
Rosario autorizó la transferencia embrionaria de una pareja, al útero de la hermana de la actora, obtenido/como consecuencia de la técnica de reproducción humana asistida.
Rosario autorizó la transferencia embrionaria de una pareja, al útero de la hermana de la actora, obtenido/como consecuencia de la técnica de reproducción humana asistida.
Los miembros del Tribunal sostuvieron que corresponder
autorizar la transferencia "toda vez que aun cuando se ha optado por silenciar
una realidad existente, creándose un vacío legal de permanente fuente de
conflictos, incertidumbre, y sufrimientos, no existe norma legal expresa que
prohíba la gestación por sustitución, ni que disponga sanción de nulidad como
consecuencia de su utilización, estando permitida en principio en razón del
principio de legalidad".
Los jueces explicaron que según la ley "la filiación
puede tener lugar mediante técnicas de reproducción humana asistida, sin
distinguir sub especie alguna siendo la gestación por sustitución gestacional,
hipótesis de la que trata el presente caso, un tipo, queda comprendida en la
norma referida, la filiación del niño/niña/s que como consecuencia de la
realización de la técnica implante embrionario autorizado en el caso, nazca se
determinará a través de la voluntad procreacional manifestada en el
consentimiento previo".
"Siendo la gestación por sustitución una de las
técnicas de reproducción humana asistida, como una de las tres fuentes
filiatorias a todo evento, la filiación en aquella hipótesis quedará
determinada inexorablemente del mismo modo, esto es, a través de la definición
del vínculo volitivo, con total independencia de la existencia o no del vínculo
biológico", explicaron los magistrados.
Por último, los camaristas destacaron que ante la falta de
legislación vigente y a fin de garantizar la efectividad del derecho de acceso
a justicia, este tipo de decisiones queda en mano de los operadores judiciales.
En ese sentido, los jueces resolvieron autorizar a la
hermana de la pareja demandante a ser la gestante del niño por nacer.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo
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