El organismo sostuvo que la penalización del aborto y la
falta de acceso adecuado a los servicios para la interrupción de un embarazo no
deseado constituyen discriminación basada en el sexo.
En pocas horas la Argentina estará o no un paso más cerca de
la legalización del aborto. La iniciativa, por ahora, está en manos de los
diputados a quienes un Grupo de Trabajo de la Organización de Naciones Unidas
instó a aprobarla. A través de un comunicado, el organismo felicitó a los
legisladores argentinos “por su consideración de un proyecto de ley que
despenaliza la interrupción del embarazo en las primeras catorce semanas”.
Al mismo tiempo, el Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la
discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica marcó postura
e instó al Congreso a “aprobar dicho proyecto”. “Acogemos con beneplácito la
importante medida que se está tomando para garantizarle a las mujeres todos sus
derechos humanos, incluidos los derechos a la igualdad, dignidad, autonomía,
información e integridad corporal y respeto a la vida privada y al más alto
nivel posible de salud, incluida la salud sexual y reproductiva sin
discriminación, agregó.
El organismo sostuvo que la penalización del aborto y la
falta de acceso adecuado a los servicios para la interrupción de un embarazo no
deseado constituyen discriminación basada en el sexo. En este sentido, tal
marco legal va “en contravención del artículo 2 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (ICCPR por sus siglas en inglés), ratificado por
la Argentina el 8 de agosto de 1986 y el artículo 2 de la Convención sobre la
Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, ratificado
por Argentina el 15 de julio de 1985”.
Las claves del proyecto
El texto que pasa al recinto se basa en el proyecto de la
Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Dentro de los
cambios que se acordaron están la objeción de conciencia, penas para los
profesionales de salud por mala praxis, y la implementación del Código Civil y
de Comercio para establecer la edad mínima de la mujer que pide acceder a la
práctica, entre otros.
La propuesta determina que las mujeres pueden acceder a la
interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14, inclusive, de
gestación. Fuera de este plazo el artículo 3 detalla tres excepciones. Si fue
producto de una violación puede pedir el aborto con su requerimiento y una
declaración jurada, al igual que en el caso de que esté en riesgo su vida o su
salud, considerada como un derecho humano, o si se diagnosticara la
inviabilidad de vida extrauterina del feto.
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Determina que no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer y sanciona con penas que van de 3 a 10 años de cárcel a quien practique la intervención sin el aval de la mujer, con castigos que se elevan hasta los 15 años en caso de muerte de la paciente. Además obliga a los hospitales públicos, prepagas, obras sociales sindicales, del Congreso, de las Fuerzas Armadas y al PAMI a incluir la práctica en su cobertura integral.
Fuente: TN
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