MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 115/2019
RESOL-2019-115-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2019
VISTO, el EX-2018-64916049- -APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO
Que por Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 se
atribuye al SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD el objetivo de entender en la
planificación global del sector salud y en la coordinación con las autoridades
sanitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con el fin de implementar un Sistema Federal de Salud
consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social.
Que el Gobierno Nacional fijó, a través del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, como una de sus políticas sustanciales a partir de
2016, avanzar en el camino hacia la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD -CUS-.
Que por Decreto N° 908 de fecha 2 de agosto de 2016 se
aprueban las finalidades para la Estrategia COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD –CUS-,
dentro de las cuales se encuentra la de modernización del Sector Público de
Salud.
Que mediante la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD
N°475 de fecha 14 de abril de 2016 se instruyó a todos los programas nacionales
de salud, cualquiera sea su fuente de financiamiento, a colaborar y coordinar
su accionar con la implementación y el desarrollo de la estrategia de la
Cobertura Universal de Salud, con el objeto de promover el acceso a la atención
sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad, jerarquizando el Primer
Nivel de Atención.
Que por ANEXO I -IF-2018-23176242-APN-DD#MS- de la
Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD N° 1013 de fecha 28 de mayo de 2018
se aprobó la estrategia de implementación de la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, la
cual se desarrolló mediante tres ejes principales, del cual el segundo es el de
SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEROPERABLES Y APLICACIONES INFORMÁTICAS.
Que para construir el camino hacia la Cobertura Universal de
Salud efectiva resulta prioritario mejorar los sistemas de información
jurisdiccionales y nacionales, definir indicadores reportables para el
monitoreo del proceso de atención y estándares de interoperabilidad para los
diferentes sistemas existentes, contando con reportes periódicos.
Que por Resolución de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD N°
189 de fecha 25 de octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de Salud
Digital, la cual establece que la arquitectura de interoperabilidad requiere un
rol central de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD, actuando como nexo y
facilitando la comunicación entre las jurisdicciones y entre los subsistemas de
salud y esto requiere la implementación de un Bus de Interoperabilidad que
permita la articulación de los contenidos y la comunicación de los registros médicos
en el país.
Que por Resolución N° 680 de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE
SALUD de fecha 5 de diciembre de 2018 se aprobó la recomendación de estándares
que permite la integración de la información de salud existente en cada efector
de salud que se registre en la red de interoperabilidad.
Que el Bus de Interoperabilidad otorgará la posibilidad de
dar funciones para la indexación y localización de documentos clínicos en una
arquitectura nacional de repositorios clínicos distribuidos, a cargo de cada
una de las instituciones que genera el dato.
Que por DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 307 de fecha 13 de marzo
de 2018 se creó la Dirección NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD cuya
responsabilidad primaria es la de gestionar las condiciones para el desarrollo
y coordinación de los sistemas de información en salud a nivel nacional y
jurisdiccional.
Que dentro de las acciones de la mencionada DIRECCIÓN
NACIONAL se encuentra la de gestionar el diseño e implementación de estándares
de interoperabilidad y contribuir a la conectividad en establecimientos de
salud en el ámbito federal.
Que a los fines de lo hasta aquí expuesto resulta necesario
aprobar un documento que dé cuenta de cómo se desarrollará la interoperabilidad
de los sistemas de información de salud.
Que la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD ha
tomado la intervención en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado
intervención en la faz de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Créase la RED NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD EN
SALUD, cuyos lineamientos principales constan en el documento Interoperabilidad
IF-2018-65252176-APN-DNSIS# MSYDS el cual se incorpora como Anexo y forma parte
integrante de la presente.
ARTICULO N° 2.- Créase el REGISTRO DE DOMINIOS DE
INTEROPERABILIDAD EN SALUD, el cual tendrá como objetivo identificar a los
participantes de la RED NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD EN SALUD creada por el
artículo 1° de la presente y asegurar el cumplimiento de los estándares
definidos para su implementación.
ARTICULO 3°.- Establécese que las jurisdicciones que han
adherido a la Estrategia de COBERTURA UNIVERSAL EN SALUD serán beneficiarias de
las capacitaciones, los recursos y la asistencia técnica que se generen con
motivo de la RED NACIONAL creada por el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Deléguase en el titular de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE SALUD, la facultad de suscribir los
documentos que actualicen y/o complementen la información contenida en el
documento aprobado en el Artículo 1° de la presente y de aprobar las guías o
protocolos de implementación relativas al REGISTRO creado por el artículo 2° de
la presente.
ARTÍCULO 5°.-. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
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