La Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de
Tucumán emitió un documento donde desmintió al Ministerio de Salud y su
proceder ante el caso de la niña de 11 años violada que solicitó una
Interrupción Legal del Embarazo (ILE). El organismo destacó que no se necesita
orden judicial para acceder a este tipo de prácticas.
A raíz del repudio o indignación que causó el caso de
'Lucía', la menor de 11 años violada por la pareja de su abuela que solicitó
una ILE y fue sometida a una cesárea, el Superior Tribunal emitió un comunicado
donde aclaró que todo lo relacionado a este tipo de prácticas 'no es materia
que deba ser judicializada".
De esta manera, la Corte Tucumana desmintió lo dicho por el
Ministerio de Salud de la provincia, a cargo de Rossana Chahla, donde "se
menciona que se dará cumplimiento a la Doctrina F.A.L y a la consecuente
interrupción legal del embarazo en procura de salvar las dos vidas', que no
refleja lo resuelto en el expediente judicial, toda vez que el expediente no
menciona que la aplicación de la Doctrina tenga esa finalidad'
La Dirección de Comunicación Pública de la Corte, a pedido
de la presidencia, emitió el texto con la intención de dar a conocer 'acerca de
las actuaciones del Juzgado en Familia y Sucesiones de la V° Nominación en el
caso de la menor identificada como Lucía', internada en el Hospital Eva
Perón".
Detallaron que el juzgado a cargo de Valeria Brand tomó
intervención en el caso 'diez días atrás' para “hacer cumplir el Sistema de
Protección Integral de NNA (Ley 26.06l). con la finalidad de brindar contención
y posibilitar soluciones a futuro para la niña, víctima de abuso sexual
intrafamiliar".
La Cartera de Salud aseguró que daría curso a lo dispuesto
por Brand. "en función de lo peticionado por la niña y su progenitora y -según
el oficio- conforme (a la) doctrina pacíficamente aceptada emanada del fallo
FAL’, y para que se continúen los procedimientos necesarios en procura de
salvar las dos vidas". Las declaraciones fueron rechazadas por la Corte.
El comunicado recordó lo dispuesto en el fallo FAL de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2013. en el cual el Máximo
Tribunal exhorta a los tres poderes del Estado al cumplimiento de la
interrupción legal del embarazo y. en particular, ese exhorto ordena al Poder
Judicial la no judicialización de estos casos.
Fuente: www.diariojudicial.com
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