Se conoció el fallo que declaró culpable al ginecólogo interviniente, y le impuso una pena de prisión en suspenso e
inhabilitación por negarle la realización de un aborto a una joven, que había
sido violada y deseaba interrumpir su embarazo.
El juez de Río Negro, Álvaro Meynet, condenó al médico de
Cipolletti, L. R. L, a un año y dos meses de prisión en
suspenso e inhabilitación para ejercer cualquier tipo de cargo en la
administración pública por el plazo de dos años y cuatro meses, por haber
obstruido el acceso a sus derechos a una mujer que había sido violada y
solicitó una interrupción legal del embarazo.
La mujer fue derivada del Hospital de Fernández Oro al
Hospital de Cipolletti con un cuadro febril, contracciones aisladas y dolores
abdominales por haber ingerido Oxaprost con el fin de interrumpir su embarazo.
Allí fue recibida por el condenado, quien puso como condición una evaluación
psiquiátrica previa que no estaba prevista en la ley ni justificada en el caso,
aun sabiendo que la misma no iba a poder realizarse en tiempo por carecer el
establecimiento de especialista, obstaculizando así el aborto no punible.
En su fallo, el juez entendió que el médico fue un “mal
funcionario” y que engañó a la joven y a su familia para dilatar los tiempos y
negarle el derecho al aborto.
Para la justicia, R. L. "tomó una decisión
en sentido contrario de la voluntad de la paciente con el agravante que en
momento alguno le informó convenientemente la invocada imposibilidad de
realizar la práctica que se le había mandado”. “Si a esto sumamos la
suministración de fármacos para contener el proceso iniciado por la paciente no
puedo menos que concluir que el acusado nunca tuvo la menor intención siquiera
de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba ella”, detalló el
magistrado.
La justicia rionegrina entendió que el acusado incurrió en
el tipo penal descripto en el artículo 248 del Código Penal, que consiste en
“dictar resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes
nacionales o provinciales o ejecutar las órdenes o resoluciones de esta clase
existentes o no ejecutar las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
En su fallo, el juez entendió que el médico fue un “mal
funcionario” y que engañó a la joven y a su familia para dilatar los tiempos y
negarle el derecho al aborto.
“R. L. no respetó el derecho de la paciente de
disponer de su cuerpo y de su salud”, sentenció de manera contundente Meynet.
Fuente: www.diariojudicial.com - Fallo completo en el portal de la fuente citada
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