Un fallo dispuso una condena de 7 millones de pesos en favor
de una mujer y su hija, por haber sido contagiadas por el virus de HIV en una
transfusión de sangre durante una cesárea.
En la causa "R.,A.R., Y OTROS C/ CLINICA SUCRE CENTRO
DE CUIDADO CORONARIO S.R.L. Y OTROS – ORDINARIO - DAÑOS Y PERJ.- MALA
PRAXIS", el Juzgado en lo Civil y Comercial de 30ª Nominación de la ciudad
de Córdoba ordenó la Clínica Sucre, el
Laboratorio Villabel, el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y un
grupo de profesionales de la salud a indemnizar con $7.301.816,40 pesos a una
mujer y su hija, quienes fueron contagiadas del virus del HIV por una
transfusión de sangre llevada a cabo durante una cesárea.
La jueza Ilse Ellerman indicó que el daño moral derivado del
contagio del virus de VIH suele tener particularidades muy propias y
peculiares, entre las que se destacan: la pérdida de la libertad física (al
volverse peligrosas e incómodas las relaciones sexuales); las dificultades para
una procreación responsable (por resultar transmisible el virus de madre a
hijo); las vallas que aparecen en variadas esferas sociales y familiares por la
discriminación que el virus genera; la necesidad de sometimiento permanente y
crónico a controles y tratamientos; por fin, la posibilidad de ver reducido el
tiempo y/o calidad de vida. Por ello, determinó que "en el caso de autos
se presenta la particularidad de que han accionado y solicitado este rubro todo
el grupo familiar".
La mujer afectada se internó en abril del año 2002 en la
Clínica demandada para dar a luz y se le practicó una operación cesárea bajo el
diagnóstico de placenta previa oclusiva parcial. De la operación nació una niña
en buen estado de salud. Con posterioridad a la intervención quirúrgica, el
médico obstetra ordenó que a la mujer se le efectuara una transfusión de 500
centímetros cúbicos de glóbulos rojos sedimentados, debido a la pérdida de
sangre sufrida durante el parto.
La sangre transfundida a la paciente contaba con el
certificado “apto” emitido por el Laboratorio Villabel, donde se realizaron los
estudios serológicos pre-transfusionales, en los cuales se había obtenido
resultado "negativo", en el estudio de HIV.
Sin embargo, previo a que la sangre transfundida a la actora
fuera enviada para los análisis de rigor al laboratorio, la extracción se llevó
a cabo en el Servicio de Hemoterapia de la Clínica Sucre, donde se constataron
una serie de irregularidades durante el examen clínico y el control de
anamnesis del donante.
El resto de la sangre transfundida (el plasma) se derivó,
como es rutina, al Laboratorio de Hemoderivados de la Universidad Nacional de
Córdoba (UNC). Un nuevo examen realizado allí, reveló la presencia del virus de
VIH. Cuando la clínica recibió el informe de la UNC (ya habían transcurrido más
de tres meses desde el alumbramiento), se comunicó con la paciente para hacer
nuevos análisis. En estos estudios se detectó la presencia de VIH tanto en el
organismo de la madre como en el de niña, quien fuera infectada a través de la
lactancia materna desde el momento del nacimiento.
Fuente: www.diariojudicial.com - Fallo completo
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