El investigador de la UNR se centra en los efectos y
peligros de la circulación de datos personales en internet.
El impacto de la ciencia de datos, con especial acento en el
manejo de big data en materia de salud, pone en juego importantes valores
éticos y políticos. Diego Mendy de la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional de Rosario investiga cómo los derechos a la intimidad y privacidad
actúan bajo este paradigma.
Mendy ingresó a la Facultad en el 2014 y en ese momento
conoció a la profesora Marianela Fernández Oliva, quien es la que supervisa
actualmente el proyecto. El amplio equipo de investigación de la docente
investiga el derecho de la salud desde diversas perspectivas. “Me preocupé por
una de las ramas del derecho que no es de las más comunes: el derecho de la
salud, que es transversal a las ramas clásicas”, explicó.
Haber padecido una enfermedad motivó a Diego a relacionar el
derecho de la salud, la intimidad y la ciencia de datos. “Iba mucho a hacerme
estudios y firmando consentimientos. Cuando comencé a recibir los estudios por
mail me empecé a dar cuenta que no sólo yo tenía los resultados, sino que no
conocía el número de copias que podía haber de los mismos”, relató.
Es común que se confundan los términos big data y ciencia de
datos. Esta última se encarga de analizar grandes conjuntos de datos (big data)
y obtener resultados para luego ser aplicados. “Un caso reciente de la
utilización de la ciencia de datos es Taiwán, que gracias al procesamiento de
los datos de China pudo contener COVID-19. Por ejemplo: cruzaron los
historiales de vuelos, visitas médicas, rastrearon por GPS celulares para
controlar la cuarentena, entre otras acciones. Desde temprano realizaron
controles preventivos en vuelos de los tripulantes que venían de Hunan”,
resaltó el investigador.
Sin embargo, esta utilización de datos es, en palabras de
Mendy, “una herramienta de doble filo a la que el derecho debe mirar con
cuidado”. Queda demostrado que el rol del Estado en materia sanitaria es
fundamental y el uso de datos puede ayudar a salvar vidas, pero también cabe la
posibilidad de que sean utilizados para otro fin.
Mendy remarca que el caso de Taiwán es paradójico porque es
un país que fue golpeado por una epidemia de la que poco se habló en este lado
del mundo: el SARS. “Fue un antecedente que lo puso en situación de alarma y
que lo preparó para encarar una situación como esta. Por eso actuó como lo
hizo, a diferencia de otros países, que por no tener experiencias anteriores,
no están acostumbrados a lidiar con un contexto epidemiológico como el actual.
Nuestro país no tiene muchos casos para comparar en territorio, lo más cercano
fue la Gripe A que se desarrolló de manera diferente a la pandemia actual”,
planteó.
Concretamente, desde el punto de vista del derecho, las dos
respuestas para mitigar el mal uso de la ciencia de datos en salud, son el
consentimiento informado y el anonimato. La investigación de Mendy analiza
ambas herramientas y su eficacia porque cuando uno va a realizarse cualquier
análisis firma un consentimiento voluntario de lo que se va hacer y “por lo
general es lo que se denomina como ley espectáculo: está presente, se firma,
pero nadie lo lee verdaderamente”.
El investigador recalca que si bien eso se implementó en un
primer momento para achicar la brecha entre el conocimiento técnico del médico
y el paciente, no terminó sirviendo a fines prácticos. “Para resolver esta
cuestión algunos especialistas proponen la simplificación del contenido del
consentimiento. Otros, en cambio, critican esta postura porque sugieren que
construye lo que se llama ´falacia de la transparencia´, es decir, el contenido
se diluye tanto que no refleja lo que verdaderamente va a pasar. Lo vemos en el
sector salud, pero podemos encontrarlo en otros campos como por ejemplo las
redes sociales”, aportó.
En cuanto al anonimato, se dice que los datos siempre podrán
ser utilizados reservando la identidad del paciente, aunque no siempre sea así
a causa de que el avance de la ciencia de datos es tan rápido que quizás se
vulnere ese derecho. “La cuestión del anonimato es relativo porque depende con
qué datos se combine y qué empresa lo utilice”.
Todas las legislaciones para estos casos establecen una
serie de principios que deben respetarse y de no hacerse, se sancionará al
infractor. Argentina cuenta con una Ley de Derechos del Paciente y una Ley de
Protección de Datos Personales (actualmente en proceso de reforma) que amparan
al ciudadano.
Aunque esas herramientas legales estén en funcionamiento, la
realidad marca que hoy por hoy muy pocas empresas reciben sanciones. Hay casos
concretos donde las vulneraciones pudieron ser constatadas, como por ejemplo la
de un padre que recibía en el mail de su hija publicidad de pañales y artículos
para bebés. “Esta persona acude a la empresa proveedora de esos productos, y le
dicen que ellos publicitaban a base de un algoritmo que funcionaba a partir de
datos que habían contratado. La cuestión era que tenían datos concretos a
partir del celular de la chica, como por ejemplo la ubicación GPS, y habían
llegado a la conclusión de que la hija del denunciante estaba embarazada. Es
decir, se filtraron los datos y la empresa publicitaria lo supo antes que su
propio padre”.
Otro caso que recuerda Mendy es el de Google Flu, aplicación
que se desarrolló durante la Gripe A. Esta herramienta empezó a diagnosticar en
tiempo real quién podría tener la enfermedad. “Recibió información de centros
médicos de EEUU y combinados con su propia data pudo realizar una proporción de
los casos. Fue exitosa en un primer momento pero con el correr de los meses
empezó a sobredimensionar la cantidad de casos y se pudo comprobar que lo hacía
porque el mismo paciente ingresaba más de una vez a recabar información y lo
volvía a contar. Google tuvo que cerrar la aplicación y la reconvirtió en otro
producto”.
La información es una gran herramienta en el campo de la
salud. Con ella se pueden prevenir enfermedades y acceder a tiempo a los
tratamientos idóneos para vencerlas. También son un gran aporte para la
investigación y desarrollo de posibles curas. ¿Pero qué sucede cuando llega a
manos ajenas a este sector? “Con los datos se puede conocer si un paciente
tiene tendencias a sufrir un ACV, lo que constituye una revolución para la
medicina porque le da tiempo de trabajar prematuramente. Sin embargo, si esa
herramienta la tiene en poder una empresa que decide no contratar a una persona
porque a lo mejor en diez o quince años pueda tener un ACV, se convierte en una
vulneración de derechos. Son cuestiones para atender y un desafío a futuro para
el derecho”.
Fuente: Página 12
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Los comentarios con contenido inapropiado no serán publicados. Si lo que Usted quiere es realizar una consulta, le pedimos por favor lo haga a través del link de Contacto que aparece en este blog. Muchas gracias