En una nueva sesión virtual, ayer la Cámara alta avanzó con
dos iniciativas que fueron impulsadas como consecuencia de la pandemia de
Covid-19. Los detalles de cada una.
Dos leyes impulsadas por la pandemia fueron sancionadas ayer
en el Senado: la creación de una Campaña Nacional de Donación de Plasma de
pacientes recuperados de Covid-19 y la habilitación de recetas digitales. Esta
última iniciativa fue criticada por el rubro farmacéutico, desde donde
advirtieron que pone en peligro 100.000 puestos de trabajo y la continuidad de
14.000 farmacias.
En una nueva sesión telemática que celebró ayer el Senado,
se sancionó en forma unánime la ley que tenía entre sus impulsores al diputado
y presidente del bloque Frente de Todos Máximo Kirchner y que recibió el acompañamiento
del líder del PRO, Cristian Ritondo. Se trata de la creación de una campaña
nacional para la donación de plasma por parte de los pacientes recuperados de coronavirus.
Donación de plasma
¿En qué consiste? La iniciativa reconoce a los donantes como
"ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República
Argentina". Así como también, la norma garantiza el traslado de los
pacientes recuperados de Covid-19, aptos para ser donantes de plasma y que no
tengan los medios para realizarlo.
Entre los puntos salientes, la ley establece la creación de
un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de plasma,
cuya información deberá resguardarse en cumplimiento de la ley 25.326 de
protección de datos personales.
De acuerdo a la ley, la autoridad de aplicación de la ley,
que debe determinarla el Poder Ejecutivo, deberá garantizar que los donantes
cumplan con los criterios de elegibilidad de acuerdo con los protocolos
habilitados vigentes, así como también, que hayan expresado su consentimiento
informado.
En tanto, la autoridad, además, deberá requerirles a las
autoridades sanitarias jurisdiccionales la definición de los centros regionales
de hemoterapia y/o bancos de sangre que serán los responsables de realizar la
captación y recolección de plasma.
Asimismo, se impulsa la capacitación en el procedimiento
para la donación de plasma; se propenderá al desarrollo de actividades de
investigación en la temática y se asegurará el acceso a la información sobre
donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19.
Durante el debate, la senadora del Frente de Todos Inés Blas
subrayó que siete de cada 10 pacientes recuperados desarrollan anticuerpos y
aseguró que con 600 mililitros de plasma, "que es lo habitual, alcanza
para transfundir a tres personas”.
Receta digital
Durante la jornada de ayer también recibió luz verde otra
iniciativa cuyo tratamiento se vio precipitado por la cuarentena y que había
sido girada por Diputados: la prescripción y dispensa de medicamentos a través
de recetas electrónicas o digitales, así como también, la teleasistencia en
salud.
El proyecto, que fue acompañado de forma unánime, autoriza
la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o
estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a
prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención
farmacéutica pública y privada.
Asimismo, la ley determina que los responsables de la
fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de
teleasistencia deben "garantizar la custodia de las bases de datos de
asistencia profesional virtual, prescripción, dispensación y archivo".
Otro punto saliente de la norma tiene que ver con el
establecimiento de los "criterios de autorización y control de acceso a
dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto
cumplimiento de las normativas vigentes en el área".
Críticas a la ley
El texto sancionado ayer por el Senado determina que los
medicamentos prescritos de manera digital deberán ser dispensados "en
cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de
establecimientos de salud y establecimientos del sector salud
habilitados".
Este punto fue cuestionado por la Mesa Coordinadora de
Farmacias de AMBA, integradas por la Asociación de Propietarios de Farmacias de
la República Argentina (Asofar); Cámara Argentina de Farmacias (CAF); Cámara de
Farmacias Bonaerense (Cafabo) y la Cámara de Farmacias de zona Sur del
Conurbano Bonaerense (Cafasur). Es que, según advirtieron, "podrían correr
peligro alrededor de 100.000 puestos de trabajo en forma directa e indirecta y
la continuidad de 14.000 farmacias".
El cuestionamiento por parte de las entidades tiene que ver
con que, tal como fue redactada la ley, deja abierta la posibilidad de que
pueda venderse medicamentos en otros establecimientos que no sean una farmacia:
clínicas, sanatorios, geriátricos, vacunatorios y hasta plataformas online.
En un comunicado que difundieron las cuatro entidades de
manera conjunta plantearon: "¿Cuál es el principal problema de esto? De
esta manera se está desvirtuando la ley vigente de farmacias, la 17.565, la
cual manifiesta que los medicamentos, solo pueden ser vendidos en farmacias
habilitadas por la autoridad responsable".
"La venta de medicamentos debe tener un control
profesional y riguroso. No puede venderse en una plataforma online, como si se
tratase de un mueble, un electrodoméstico o un juguete. Las farmacias deben
seguir manteniendo el estatus de centro primario de salud al servicio de la
comunidad", remataron.
Fuente: El Cronista
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