La Justicia de La Pampa condenó a dos médicos y sus
aseguradoras por haber olvidado una gasa en el interior de un paciente durante
una intervención quirúrgica. La compresa fue descubierta en una segunda cirugía
ante la sospecha de un tumor.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil,
Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa hizo lugar a la demanda contra
dos médicos por haber olvidado una gasa en el interior de un paciente durante
una intervención quirúrgica. La condena se hizo extensiva a sus aseguradoras.
El hecho sucedió en 2010, cuando el actor se sometió a una
cirugía de reparación de la válvula mitral. Posteriormente y ante la sospecha
de un tumor o quiste hidatídico, los médicos le aconsejaron una segunda
intervención donde se constató un oblito quirúrgico -compresa de gasa de 30
centímetros- cuyo olvido atribuyó a aquella primera operación, como así también
las secuelas físicas.
La sentencia de primera instancia rechazó la demanda por
mala praxis, en el marco de los autos "P. R. c/Instituto Polymedic S.R.L.
y otros S/Ordinario". El actor apeló la decisión.
Tras analizar el caso, la Alzada consideró probada la falta
de "diligencia, prudencia y pericia" en el desarrollo de la práctica
médica, pero descartaron que ese olvido sea un obrar "doloso".
Entendieron que los profesionales "no tuvieron la intención de dejárselo
olvidado ni de dañar al paciente".
Recordaron, asimismo. que el paciente “no se encuentra en
una posición igualitaria”, ya sea desde lo sustancial ni procesal respecto de
los profesionales médicos o las instituciones médicas ni las aseguradoras de
los médicos intervinientes. “Son los profesionales a quienes les incumbe probar
-técnica y científicamente-, con mayor precisión -por la propia especialidad de
su profesión y oficio- que su accionar fue el debido”, añadieron los jueces.
Fuente: www.diariojudicial.com - Fallo completo disponible en el portal de la citada fuente
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