martes, 7 de junio de 2022

Las alertas psiquiátricas que nadie escucha: cómo actuar en salud mental antes de la emergencia

Antes que un paciente sufra un brote agudo que lo ponga en riesgo, hay señales de la patología o la adicción que deben tratarse. La opinión de un psiquiatra, un juez y una abogada a Infobae


Los brotes o episodios agudos derivados de enfermedades mentales y adicciones necesitan tratamiento urgente. Cuando el paciente o terceras personas corren riesgo de vida, la medicina y la Justicia deben actuar lo más rápido posible, no siempre sucede, pero es lo que esperan familiares y pacientes.

Esta semana, el testimonio de la mamá del músico Chano Moreno Charpentier mostró la cara más dramática de estas situaciones: “Soy la mamá de alguien que está enfermo con la enfermedad de la adicción. Lamentablemente todos saben lo que viví el año pasado, pero yo eso lo vivo hace 20 años. Mi hijo tiene 40 años y hace 20 años que sabemos que es adicto. Hace 20 años que damos esta batalla y que no puedo dormir con el teléfono apagado porque no sé qué va a pasar con mi hijo al día siguiente, porque no sé si cuando amanece va a estar vivo”. Marina Charpentier fue una de las invitadas a una jornada de reflexión en el Senado de la Nación, al cumplirse 11 años de la sanción de la Ley 26.657 de Salud Mental y Adicciones.

“Una persona adicta tiene su voluntad tomada por la sustancia y no puede decidir con su sano juicio qué es lo bueno y lo malo para él. ¿Qué orden de allanamiento debo tener para salvarle la vida a mi hijo?”, dijo profundamente conmovida la mamá del músico. Su voz se sumó a la de muchos familiares y expertos que cuestionan la actual Ley Nacional 26.657 y las dificultadas para llevar adelante una internación involuntaria del paciente que sufre trastornos mentales o adicciones.

Desde otro punto de vista, expertos de la psiquiatría, jueces y abogados plantean que la legislación actual es un marco normativo que puede mejorarse pero que no es la “madre de todos los problemas” y que la carencia actual de recursos, personal capacitado e instituciones de cuidado intermedias son parte de un escenario complejo que no se volverá más sencillo sólo cambiando artículos de la norma jurídica.

Desde 2021, psiquiatras de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA) y magistrados de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) mantienen encuentros promovidos por el Observatorio de Salud de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), para analizar el tratamiento y la prevención de los cuadros de salud mental desde una mirada interdisciplinaria.

En ese camino, en el último congreso de APSA se conformaron diversos paneles para debatir sobre la salud mental y el derecho, un problema de salud pública que suele hacerse notoriamente visible en los casos urgentes que derivan en episodios de emergencia. Infobae dialogó con tres especialistas de distintas disciplinas que buscan plantear abordajes integrales respecto a la salud mental: el psiquiatra Santiago Levin, expresidente de APSA, el juez Carlos Goggi y la abogada Marisa Aizenberg, directora del Observatorio de Salud de la Facultad de Derecho de la UBA.

El derecho a la libertad y el derecho a ser cuidado
En una situación de emergencia, “colisionan los derechos y las tradiciones, hay una necesidad muy urgente de una persona muy frágil en su momento de mayor fragilidad, hay un enorme sufrimiento de esa persona y de la personas que la rodean. Todo el mundo está esperando que el otro se mueva, el psiquiatra está esperando que el juez autorice, el juez está esperando que intervenga las fuerzas de seguridad, y las fuerzas de seguridad están esperando... y así”, planteó Levin y enfatizó que antes de llegar a estas instancias es necesario aceitar mecanismos para que el paciente con problemas de salud mental tenga una atención médica previa al episodio agudo.

La Ley de Salud Mental plantea que “la internación involuntaria de una persona debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios” y que “solo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”.

“Cada vez que sucede una internación psiquiátrica hay una privación de la libertad, para que esa privación no sea ilegal debe estar vigilada minuciosamente por el poder judicial, y los psiquiatras no podemos considerarnos por fuera de la ley”, enfatizó el expresidente de la Asociación de Psiquiatras Argentinos.

Por su parte, el juez Goggi manifestó que “las personas que protagonizan una emergencia psiquiátrica, son personas que vienen cursando una patología, es muy raro que se dé un episodio durísimo, dramático y hasta trágico con un primer brote, puede suceder, pero no es habitual. Siempre hay un expediente en trámite previo, siempre hay una familia que está pidiendo la intervención del estado a través de un órgano jurisdiccional”.

El magistrado indicó que, como todo marco normativo, la Ley tiene aspectos a pulir, pero lo que faltan principalmente son los instrumentos para hacerla cumplir: “Hay un ejecución presupuestaria que no se cumple, no hay instancias intermedias de cuidado, pasamos de la internación que debería ser indefectiblemente corta a que el paciente sea externado directamente a su casa, entonces falta todo el andamiaje intermedio”, destacó el juez.

Además, el magistrado resaltó que una vez que el paciente llega a su casa tras una internación psiquiátrica, las tareas de cuidado de la persona con trastorno mental recaen en sus familiares, especialmente en las mujeres. Por eso las portavoces de los padecimientos de aquellos que rodean al enfermo, suelen ser las madres o las hermanas.

“La Ley de Salud Mental está pensada y apoyada en convenios internacionales, en la ampliación de derechos y necesita de una aplicación gradual, además incorpora otros temas de enorme complejidad como es el tema de las adicciones”, señaló la abogada Aizenberg y remarcó la ausencia de políticas públicas por parte del Estado, entre ellas la poca oferta de efectores (hospitales, centros de salud e instituciones de cuidado) que puedan contener la demanda de los pacientes con problemas de salud mental”.

Lograr el equilibro entre el derecho del paciente y cuidarlo ante su enfermedad mental o adicción termina siendo una tarea compleja y de difícil resolución en el contexto argentino. “La ley plantea horizontes ideales que quedan muy lejos de la realidad cotidiana donde hay muy pocos efectores de salud, no se ha avanzado en un modelo comunitario de atención sanitaria, estamos muy lejos de poder hablar de prevención en salud mental, inclusive en las adicciones, donde es fundamental. Entonces años de déficit sistémicos y de desinversión, la falta de interés de algunos sectores y la diferencia entre jurisdicciones, dan como resultado que la emergencia sea la vía final donde desembocan años de no prestarle atención al problema”, indicó Levin.

La prevención, el empezar a tratar el problema antes de la emergencia es un camino previo que muchas veces se hace difícil de transitar. Es necesario ajustar mecanismos en “el primer nivel de atención para anticiparse al problema, y para hacer frente a la aparición de nuevas patologías asociadas a la adicción a las drogas”, destacó la directora del Observatorio de Salud de la Facultad de Derecho de la UBA, y subrayó que, además, se debe “garantizar los derechos del paciente”.

La Ley Nacional de Salud Mental establece en su capítulo VII, que sólo se puede llevar a cabo una internación involuntaria cuando el equipo de salud determine que hay una situación de riesgo cierto e cercano para quien atraviesa un padecimiento de salud mental o para terceros. También es necesario que en esa situación no haya otra posibilidad más eficaz para el tratamiento de la persona. A su vez, indica que la internación debe notificarse en un plazo de diez horas al juez y al Órgano de Revisión de Salud Mental.

Ante ese tipo de intervenciones judiciales, los magistrados deben estar preparados para resolver en forma urgente sobre casos complejos que no siempre conocen a fondo. El juez Goggi planteó que al fallar la atención primaria y los vínculos entre instituciones de salud y la Justicia, “es muy difícil que en el juzgado se cuente con información previa, es muy difícil que haya instituciones sanitarias que nos brinden información suficiente, entonces se trabaja a ciegas, llega el caso de un paciente y no se sabe nada de esa persona y hay que tomar decisiones en ese momento”, por eso subrayó que “es necesario una magistratura entrenada, formada, empática y alerta”, para resolver en situaciones de emergencia.

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